•Abogado Boris Molina explica que la violencia doméstica no genera cárcel automática y señala que la prisión preventiva procede solo cuando existe delito en la vía penal
•Nacionales Acontecer.co.cr
El abogado Boris Molina explicó que en Costa Rica no existe prisión preventiva automática en los procesos de violencia doméstica.
Detalló que cuando una persona denuncia, el Juzgado impuso medidas cautelares como prohibición de acercamiento, restricción de llamadas y órdenes de alejamiento, pero sin cárcel, ya que esta vía es protectora y no penal.
Señaló que muchas agresiones graves y femicidios ocurrieron tras el incumplimiento de estas medidas, lo que evidencia fallas en la evaluación del riesgo real.
Molina aclaró que la prisión preventiva sí puede dictarse en la vía penal, cuando además de la violencia doméstica existe un delito como amenazas o lesiones.
Recomendó que, si hay delito, la víctima presente también denuncia penal para que el juez pueda valorar medidas más severas, incluida la privación de libertad cuando proceda.

