• IPLEX señaló que la sanción a Acontecer.co.cr afecta la libertad de expresión
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El Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) ha manifestado su preocupación tras la sanción impuesta por la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) al medio digital Acontecer.co.cr.
La medida, basada en el artículo 138 del Código Electoral, aplica una multa económica por ₡924,400 debido a una consulta publicada en Facebook el 23 de noviembre de 2021, que preguntaba: “¿Por quién votaría si las elecciones fueran hoy?”.
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El TSE determinó que la publicación constituyó un sondeo de opinión electoral no autorizado, infringiendo la normativa que prohíbe a cualquier persona no inscrita realizar este tipo de consultas durante el periodo electoral.
Según la Dirección Electoral, este tipo de situaciones son atendidas únicamente tras denuncias, ya que no cuentan con mecanismos de fiscalización directa para monitorear los medios.
IPLEX señala que esta sanción tiene un impacto inhibitorio en la libertad de expresión de los costarricenses y la libertad de prensa, ya que cualquier persona o medio podría enfrentar denuncias similares y sanciones económicas si realiza consultas en redes sociales sin la previa inscripción ante el TSE.
«La normativa debe ser interpretada en forma amplia para no afectar derechos fundamentales. Es urgente que el TSE clarifique estos alcances, y de ser necesario, se promueva una reforma legislativa para proteger la libertad de expresión y garantizar una democracia robusta», comentó Raul Silesky Jiménez Presidente del Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX).
El Instituto hace un llamado a que esta normativa sea aclarada, dimensionada e interpretada de forma amplia para evitar afectar derechos fundamentales.
Asimismo, recalca que la responsabilidad inicial recae en el TSE, y, de ser necesario, en una reforma legislativa por parte de la Asamblea Legislativa para garantizar el respeto a la libertad de expresión en el marco de la legislación electoral costarricense.


Mientras las encuestas científicas realizadas por entidades debidamente inscritas ante el TSE siguen siendo válidas y reglamentadas, IPLEX enfatiza que consultas informales en redes sociales no tienen el mismo impacto estadístico y no deberían ser tratadas con la misma rigurosidad.
Este caso, subraya el Instituto, pone en evidencia la necesidad de un análisis profundo de las normas electorales para evitar que se restrinjan derechos esenciales de los ciudadanos.


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